miércoles, 2 de septiembre de 2015

El Gobierno deniega a miles de catalanes inscribirse para votar desde el exterior


La Marea Granate denuncia.

Varios consulados como el de Nueva York aseguran que para darse de alta como residentes temporales y acceder así al derecho a voto hay que probar una estancia inferior a seis meses en el país, algo que no está reflejado en ninguna ley. De esta forma, miles de personas se están quedando sin la única vía posible a día de hoy para solicitar el voto para los próximos comicios catalanes del 27 de septiembre.

Con el Censo de Españoles Residentes Ausentes (CERA) cerrado, la única opción de los emigrantes catalanes para poder votar en septiembre era inscribirse como residentes temporales en sus oficinas consulares correspondientes y así tener derecho a solicitar las papeletas. Sin embargo, cada consulado, de manera arbitraria ha exigido documentación que pruebe la estancia en el país inferior a un número determinado de meses, seis en el caso de Nueva York.

Ante las masivas inscripciones denegadas, la Generalitat preguntó al Ministerio de Exteriores, que ha respondido que “es competencia de cada Oficina Consular decidir, analizadas las cirscunstancias de cada caso concreto, la inscripción como temporal o permanente en el Registro de Matrícula Consular”, aunque la ley no diga nada sobre esto. En concreto, el Real Decreto 3425/2000 en sus artículos 5.1 y 5.3 dice que “Los inscritos como no residentes [temporales] en el Registro de Matrícula Consular causarán baja cuando conste que han abandonado la demarcación consular o cuando haya transcurrido un año desde su solicitud de inscripción. Si, transcurrido un año, hubieran fijado su residencia habitual en la demarcación consular, deberán solicitar su alta como residentes [permanentes]”.

Uno de los casos más llamativos es el del Consulado de España en Nueva York, que en un texto fechado en marzo de 2013, antes de los comicios europeos, ignora la ley y detalla que “las inscripciones como no residentes [temporales] son para estancias inferiores a 6 meses” y está pidiendo documentación imposible de conciliar con los plazos del ruego del voto, como partidas de nacimiento.

Cuando nos exigen probar que “estamos de paso”, que no tenemos pensado quedarnos, que llevamos en el país menos de un tiempo; cuando no informan desde el ministerio la documentación necesaria; cuando obligan a los estudiantes de erasmus y masters a inscribirse como permanentes con la correspondiente pérdida de derechos sanitarios; o cuando impiden a alguien renovar la inscripción temporal porque hace 5 años ya se inscribió en ese mismo consulado, sin importar si esa persona estuvo residiendo en otro sitio, están prevaricando. El Gobierno, prevarica. El gobierno prevarica al dar vía libre a los consulados a llevar a cabo prácticas que atentan contra la actual legislación.

Sólo facilitan el voto a los militares en misión

Por otro lado, la Junta Electoral Central ha reconocido que existe una insuficiencia en los plazos del voto exterior y, por ello, ha aceptado ampliar los tiempos a los militares en misiones internacionales tras una petición del Ministerio de Defensa. Sin embargo, ha declinado la misma petición de la Generalitat para hacer lo propio con los miles de catalanes civiles en el extranjero. Solo en Turquía, por ejemplo, hay un total de 130 militares en misión internacional que tendrán más facilidades para votar en las catalanas (los que estén llamados a hacerlo) que los 280 catalanes civiles inscritos en el padrón de ese país.

Y así, generando ciudadanos de segunda, el número de militares que ejercen su derecho a voto en el exterior no para de incrementarse en cada celebración de comicios mientras que el de los civiles continúa decreciendo.








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