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jueves, 2 de julio de 2015

Archivada la querella contra Guillermo Zapata


El juez de la Audiencia Nacional señala que la conducta del concejal del Ayuntamiento de Madrid no se incluye "en tipo penal alguno"


























El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha archivado hoy la querella contra Guillermo Zapata, concejal del Ayuntamiento por Ahora Madrid, por un supuesto delito de humillación de las víctimas del terrorismo. Según afirma el magistrado, “es del todo imposible incardinar [la conducta de Zapata] en precepto penal alguno”, en relación a los mensajes que publicó en Twitter en 2011, consistentes en chistes negros sobre Irene Villa y las víctimas del holocausto en una conversación con el director Nacho Vigalondo sobre los límites del humor. El juez ha retirado la citación para que Zapata e Irene Villa declararan ante el juzgado el próximo 7 de julio. Pedraz ha decidido archivar la causa después de que la propia Villa remitiera un escrito a la Audiencia Nacional explicando que no se sentía humillada por el contenido de las publicaciones en la red social del concejal madrileño.


Guillermo Zapata fue querellado por la organización Dignidad y Justicia pocos días después de que Ahora Madrid tomara posesión del gobierno de la ciudad, tras una campaña en medios de comunicación que comenzó el día siguiente de la investidura. Zapata dimitió de su cargo como concejal adscrito al área de Cultura, aunque mantuvo su cargo de concejal en el Ayuntamiento. Dignidad y Justicia le acusó de un delito de menosprecio a las víctimas, contemplado en el artículo 578 del Código Penal –antes penado con hasta dos años de cárcel pero que, con la entrada en vigor de la reforma sobre delitos de terrorismo del Código Penal, aumenta su pena máxima hasta los tres años de prisión–.

El pasado 15 de enero, el juez de la Audiencia Nacional Javier Gómez Bermúdez archivó la querella, presentada también por Dignidad y Justicia, contra el humorista de La Tuerka Facu Díaz a raíz de el sketch 'El PP se disuelve'. Bermúdez señaló en su escrito que "con independencia de que guste o no, éste [en referencia al humor negro] no desacredita, menosprecia o humilla a las víctimas del terrorismo".

Fuente: www.diagonalperiodico.net/libertades/27220-archivada-la-querella-contra-guillermo-zapata.html

viernes, 1 de mayo de 2015

El Supremo avala el nombre de Podemos como partido



Rechaza una querella contra Pablo Iglesias y su formación por la coincidencia de nombres con una empresa registrada en la Oficina de Patentes y Marcas.

MADRID.- El Tribunal Supremo ha avalado el nombre de Podemos como partido político aunque existe una marca homónima inscrita en la Oficina Española de Patentes y Marcas.

En un auto, el alto tribunal ha archivado una querella contra el eurodiputado Pablo Iglesias presentada por José Jorge González Herrán, titular de la marca "Podemos" registrada en la Oficina Española de Patentes y Marcas en la clase 45, relativa a Servicios de Grupo de Presión Política. González Herrán se querelló contra Iglesias, Carolina Bescansa y el propio partido político Podemos, por delito contra la propiedad industrial, al considerar que están utilizando una marca que le corresponde en exclusiva.

El auto de archivo, apoyado por la Fiscalía del Supremo, explica que ese delito requiere que el atentado a los derechos del legítimo poseedor se realice en el ámbito mercantil o industrial. En concreto, "sólo se produciría en la medida en que la conducta típica de reproducir, imitar, modificar o utilizar se realice dentro del ámbito mercantil o industrial".

En el caso de Podemos como partido político, “todo indica que la actividad de los querellados no tiene como objetivo fines industriales o comerciales, cuando menos en su ámbito prioritario o sustancial, ya que se muestra ajena al campo empresarial y se circunscribe al campo político, encontrándose inscrito 'Podemos' como partido político en el Registro de Partidos Políticos del Ministerio del Interior", argumenta el auto dictado por la Sala Segunda del Supremo.


La circunstancia de que los querellados pudieran realizar de forma secundaria una actividad económica relacionada con los signos distintivos de su partido político "no quiere decir que su conducta como entidad esté encauzada y tenga como objetivo prioritario fines comerciales o industriales, ni prestar servicios de esa índole", añade el Supremo, que no aprecia indicio alguno de delito.

En su querella, que también se dirigía contra Carolina Bescansa y el propio partido político Podemos, González Herrán consideraba que estaban utilizando una marca que le corresponde en exclusiva y, por tanto, denunció los hechos como constitutivos de un delito contra la propiedad industrial.

El Supremo recuerda que mientras la marca del querellante se encuentra registrada en Patentes, la de la formación de Iglesias figura en el Registro de Partidos Políticos del Ministerio del Interior.